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Los estatutos de 1632 PDF Imprimir E-Mail
viernes, 30 de mayo de 2008

CAPITULO PRIMERO: De los hermanos oficiales que ha de haber en esta Santa Hermandad de Santa Misericordia y Madre de Dios de las Angustias, etc.

Primeramente ordenamos que haya doce hermanos perpetuamente, los cuales han de nombrar todos los hermanos de esta santa Hermandad por votos, quienes tienen de ser teniendo respeto a la más ancianidad y cristiandad, y que tendrán más celo de servir a nuestro Señor, los cuales y los demás oficiales de la dicha Hermandad han de ser la mitad de la nación portuguesa, y la otra mitad de la nación castellana, como al presente lo son de entrambas naciones los que la levantan y fundan y eligen y que adelante irán declarados, y, así elegidos estos doce hermanos juntamente con el señor Juan de Ortega, Comisario del Santo Oficio, y desde luego queda por hermano de la dicha Hermandad, nombren otro y otro que se superior y Proveedor, para que, juntamente con el dicho Juan de Ortega, Comisario del Santo Oficio, asistan a sus Capítulos, y se elija juntamente un Escribano para que escriba las cuentas de gastos y recibo y la entrada de los hermanos que vinieren a esta santa Hermandad, y otro ninguno pueda escribir o asentar algún hermano, sea en un borrador que para ello tendrán, que, en viniendo el Escribano, de su letra escriba todo en los libros y vayan también tildados, al cual se encarga el cuidado, etc.

Y más se elija un Muñidor para que llame los hermanos, así en los Cabildos como en las procesiones y entierros, el cual lleve la cera y la reparta a los hermanos y tenga cuidado de recogerla.

Y asimismo se ha de elegir un Capellán para que diga las Misas y haga los sufragios contenidos en estos Estatutos, y acuda a acompañar los entierros, y a confesar los hermanos enfermos, y acudir a los Cabildos, el cual Capellán quedará en lugar del señor Juan de Ortega por muerte suya, a los Cabildos y elección que se hiciere en nuestra Hermandad que por ahora es nuestra voluntad lo sea el dicho Comisario, nuestro patrón, mientras viviere, pues nos ayuda con mucho celo y cristiandad a fundar esta santa Hermandad.

Y asimismo se ha de elegir un Procurador para que solicite las causas de los pobres, encarcelados; todo lo cual se ha de hacer a cuenta de esta dicha Hermandad, y todos los doce hermanos electos cada un año, y es nuestra voluntad que de dos en dos sirvan cada mes, asistiendo a lo tocante a la administración de la dicha Hermandad y, acabados los seis meses, vuelvan a servir los que primero por orden hasta fin del año.

Y, si alguno o algunos de los doce hermanos elegidos falleciere en el discurso del año, se juntarán en Cabildo juntamente con el presidente de él, para que todos de común consentimiento elijan los que faltaren y siempre esté cabal el número de doce, etc.

Y los oficiales que sirvieren un años, habiendo servido bien y quisieren quedar, los podrán los demás nombrar y notar en ellos para que se ejerciten las obras de la santa misericordia con mucho cuidado y caridad, y de todo se sirva Dios nuestro Señor y su benditísima Madre, y es declaración que el Capellán que es o fuere, ha de ser electo por Cabildo todos los años, y las Misas que se hubieren de decir, así dotadas como de devoción, las ha de decir el Capellán apuntándolas el Mayordomo y, si hubiere más Misas de las que pudiere decir, quede a elección del Mayordomo el mandarlas decir por quien más bien le pareciere, tomando carta de pago del sacerdote que la hubiere dicho, las cuales Misas irán apuntadas en un libro que para ellos tendrá el Mayordomo, para que, al cabo del año, se sepa las Misas que se han dicho y se publique en el púlpito el día de la fiesta para más devoción de los hermanos, y se declararán también todas la obras de misericordia que se hubieren hecho.

 



 

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Este sitio se estrenó el 15 de septiembre de 2007, festividad de los Dolores Gloriosos de María, siendo Hermano Mayor D. Francisco Mancilla Fernández