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Los estatutos de 1632 PDF Imprimir E-Mail
viernes, 30 de mayo de 2008
 

CAPITULO SEXTO: De los hermanos que han de ser admitidos en esta santa Hermandad.

Item ordenamos y es nuestra voluntad que en esta santa Hermandad de la santa Misericordia sean admitidos todo género de hermanos, así como hombres como mujeres, de cualquiera nación que sean, así pobres como ricos, como no sean negros, mulatos, hombres facinerosos, de mal vivir y afrentados por justicias eclesiásticas o seglares, o sean o hayan sido cautivos o sean de mal ejemplo en la República, y los que entrasen serán con estas condiciones: han de dar limosna cuatro reales para gastos de esta santa Hermandad, acudiendo todos los años el día de la Visitación de Nuestra Señora a pagar un real de cera de limosna para los gastos de la santa Hermandad, y los más que quisieren dar será para que tengan más merecimiento de Dios nuestro Señor.

Y es declaración que el día que los dichos hermanos se asentaren en los libros de esta santa Hermandad han de quedar obligados a, cuando nuestro Señor los levare para su divina Majestad, a dejar en su testamento una limosna a esta santa Hermandad, cada uno conforme su posibilidad y fuere su voluntad, y para esto tendrán a su cargo los dos hermanos del mes, en sabiendo que está un hermano enfermo, de rilo a visitar y consolarle y, si fuere menester, llevarle el Capellán para que confiese y hacerle los medicamentos espirituales, y acordarle la obligación que tiene de dejar alguna limosna a esta santa Hermandad, esto se encarga a los hermanos por amor de Dios nuestro Señor le haga con mucho cuidado y diligencia espiritual y corporalmente, acompañándole a la hora de la muerte, animándole y encomendándole su ánima a nuestro Señor para que hallemos quien por nosotros tanto haga cuando de esta vida vamos.

Y también serán obligados a , cuando sacaren alguno a penitenciar o alguno a penitenciar o algunos por la justicia, acompañarle los hermanos del mes y el Capellán, ayudándole con palabras de mucho consuelo y consolándole, y hacer en su ayuda todas las diligencias posibles, y si alguno fuere sentenciado a arrastrar, acudirán todos los hermanos que sirvieren este año juntamente con el Capellán a acompañarle, llevándolo en sus brazos con mucho amor y caridad y, cuando esto hiciere en actos públicos, han de ir los hermanos en forma de procesión, llevando sus insignias con sus hachas encendidas y varas, vestidos de sus túnicas negras a modo de garnachas que para ello tendrá esta Hermandad.

Y asimismo tendrán obligación, cuando se hiciere el entierro que se hace en esta Ciudad de los huesos de los difuntos, acompañarlos con sus insignias y llevarlos en sus hombros, si fuere posible, y cada hermano que se hallare presente le rezará un tercio de Rosario por sus ánimas.

Y también tendrán obligación todos los hermanos acudir el Jueves y Viernes Santo a la Parroquia de esta santa Hermandad, saliendo de su Capilla todos los hermanos que se ayuntaren con sus garnachas y sus velas encendidas, llevando sus insignias y el Proveedor con su vara o bastón negro, y el Capellán con sobrepelliz a ir acompañar el entierro del Señor, y esto se encarga con mucho cuidado, y a todos los actos públicos que hubiere de acudir esta santa Hermandad irá delante el estandarte y el Muñidor, vestido de azul, con su campanilla tañendo, llevando en el pecho la insignia de la santa Misericordia, y los hermanos con sus garnachas negras revestidos, y también tendrán obligación de acompañar el entierro del Señor que se hace en el Calvario.



 

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Este sitio se estrenó el 15 de septiembre de 2007, festividad de los Dolores Gloriosos de María, siendo Hermano Mayor D. Francisco Mancilla Fernández